¿Qué es un contrato laboral?
Un contrato es el documento donde se establecen las condiciones en las que se prestará el servicio o servicios objeto de la relación laboral, tales como el horario, la categoría, el salario, la duración, el lugar de prestación del servicio, días de descanso, vacaciones, designación de beneficiarios del trabajador.
¿Quiénes son las partes en el contrato laboral?
De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo son el trabajador y el patrón:
• Trabajador, es la persona física que presta a otra, física o moral, un trabajo personal subordinado (artículo 8)
• Patrón, es la persona física o moral que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores (artículo 10)
¿Cuáles son los requisitos que debe cubrir un contrato de trabajo?
En términos del artículo 25 de la Ley Federal del Trabajo el escrito en que consten las condiciones de trabajo deberá contener:
• Nombre, nacionalidad, edad, sexo, estado civil, CURP, RFC, domicilio del trabajador; y del patrón, razón social, domicilio, representante legal, RFC.
• La duración de la relación de trabajo, si es por obra o tiempo determinado, por temporada, de capacitación inicial o por tiempo indeterminado y, en su caso, si está sujeta a un periodo de prueba.
• El servicio o servicios que deban prestarse
• El lugar donde deba prestarse el servicio
• La duración de la jornada (por no tener en el contrato la jornada en términos de ley, la multa es hasta por $28,285)
• El salario (por no cumplir las normas relativas a la remuneración de los trabajadores, la multa es hasta por $565,700)
• El día y el lugar de pago del salario • La indicación de que el trabajador será capacitado (por no proporcionar capacitación y adiestramiento, la multa es hasta por $565,700)
• Días de descanso (por no tener en el contrato los días de descanso en términos de ley, la multa es hasta por $28,285)
• Vacaciones (por no contemplar en el contrato los periodos vacacionales, la multa es hasta por $28,285)
• Designación de beneficiarios para el pago de los salarios y prestaciones devengadas y no cobradas a la muerte del trabajador o las que se generen por su fallecimiento o desaparición derivada de un acto delincuencial.
¿Para qué me sirve un contrato escrito?
Para formalizar la relación de trabajo, estableciendo las condiciones que regirán durante la vigencia del contrato y que por Ley es obligatorio.
De acuerdo al artículo 26 de la Ley Federal del Trabajo, la falta de contrato escrito no priva al trabajador de los derechos que deriven de las normas de trabajo y de los servicios prestados, pues será imputable al patrón la falta de esa formalidad; aunado a que se puede hacer acreedor a una multa hasta por $565,700 (artículo 1002 de la LFT).
¿Cuál es la ventaja de tener un contrato escrito?
Otorgar seguridad jurídica a las partes, los derechos y obligaciones son más claros, en cuanto a salario, horario, categoría y lugar de prestación del servicio.
¿Cuántos contratos laborales existen?
Por regla general los contratos individuales de trabajo deben ser por tiempo indeterminado, a menos que por la naturaleza del trabajo a desempeñar se requiera un periodo específico, es decir, por excepción pueden ser por:
• Obra determinada
• Tiempo determinado
• Prueba
• Capacitación inicial
• Temporada

Asimismo, diversos contratos laborales tienen algunas particularidades, con disposiciones especiales definidas en la Ley, por ejemplo, trabajo de menores de edad, trabajadores del hogar, trabajadores en restaurantes, teletrabajo (home office), entre otros.
¿Qué duración tienen los contratos?
• Contrato por tiempo indeterminado, no tiene fecha de finalización, por lo que le permite al trabajador mantener su empleo de manera indefinida (artículos 35, 39 A y F de la LFT).
• Contrato por tiempo determinado, su duración es específica, para cubrir necesidades temporales y de acuerdo a la naturaleza del trabajo (artículo 37 LFT).
• Contrato por obra determinada, la relación laboral concluye una vez que finaliza el trabajo que dio origen al contrato (artículo 36 LFT).
• Contrato de periodo de prueba, se fija un plazo para comprobar que el trabajador cuenta con los conocimientos necesarios para continuar con la relación laboral, el cual puede ser de 30 hasta 180 días para puestos de dirección (artículo 39A y C de la LFT).
• Contrato de capacitación inicial, se establece un periodo de adiestramiento o entrenamiento con la finalidad de que el trabajador adquiera la destreza necesaria para continuar con la relación laboral, este periodo es de 3 ó hasta 6 meses para puestos gerenciales o de dirección (artículos 39A, 39B, 39C, 39D, 39E de la LFT).
¿Hay consecuencias para las partes por el incumplimiento del contrato?
Sí, puede darse la terminación de la relación laboral e incluso para el empleador puede haber sanciones económicas que serán determinadas por la autoridad laboral competente.
Para determinar el monto de las multas y sanciones se utiliza la Unidad de Medida y Actualización (UMA). El valor de la UMA en 2025 es de $113.14

• Por no respetar la jornada laboral, días de descanso y vacaciones se impondrá multa hasta por 250 UMA ($28,285) Artículo 994, fracción I
• Dentro del contrato se debe contemplar la indicación de que el trabajador deberá ser capacitado, por lo que de no proporcionar capacitación y adiestramiento se puede fijar multa hasta por 5000 UMA ($565,700) Artículo 994, fracción IV
• Al patrón que contrate menores de 15 años, se le castigará con prisión de 1 a 4 años y multa hasta por 5000 UMA ($565,700) Artículo 995 Bis.
• Cuando no conste por escrito el contrato de los trabajadores del campo, la multa será hasta por 2500 UMA ($282,850) Artículo 997 A, fracción I.
¿Deben tener contrato los colaboradores que trabajan desde casa (home office)?
Sí, el hecho de no trabajar en un determinado centro de trabajo no exime al patrón de establecer las condiciones laborales, tales como el lugar de trabajo, uso de las tecnologías de la información, entrega de insumos de trabajo, computadora, pago de internet, pago de luz, derecho a la desconexión, mecanismos de contacto y supervisión.
¿Qué contrato me conviene como empleador?
El contrato a utilizar está en función de tus requerimientos, te invitamos a revisar nuestro catálogo para saber cuál se ajusta a tus necesidades.
¿Cómo puedo saber si son válidos los contratos que aparecen en esta página?
Nuestros contratos son 100% confiables debido a que están redactados por abogados especialistas en derecho laboral, actualizados conforme a la Ley laboral vigente en México.
¿Puedo utilizar en otro momento los contratos descargados con otros colaboradores?
Recuerda que cada contrato tiene algunas particularidades y la ley laboral sufre modificaciones con el paso del tiempo, por lo que Contrato Laboral no se hace responsable del uso que se le dé a cada documento sin la debida actualización.
¿Qué puedo hacer si no encuentro el contrato que necesito por la actividad del trabajador?
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